9 de marzo de 2014

La certificación energética de edificios

A partir del 1 de junio de 2013, con un cierto retraso y estando inmersos en una difícil situación socioeconómica, se ha hecho obligatoria en España la certificación energética de todos aquellos edificios que se vayan a poner a la venta o alquiler.

Esta exigencia era ya de obligado cumplimiento desde 2007 para viviendas de nueva construcción, pero en realidad es una gran desconocida. Prácticamente nunca se ha empleado la certificación energética como argumento de venta de una vivienda. Ahora se exige la certificación energética para viviendas nuevas y para viviendas existentes, por lo que las viviendas tendrán una etiqueta energética que las califica entre la clase A (la mejor) y la clase F (la peor), de forma similar a los electrodomésticos.


Esta nueva obligación no ha sido adecuadamente explicada y por tanto no es adecuadamente comprendida por los ciudadanos, que la podemos ver como una nueva traba o un nuevo coste.

Lo primero que debemos conocer es que, por una vez, no es una nueva vuelta de tuerca del Gobierno al consumidor final, sino que la certificación energética de todas las viviendas es una exigencia de la Directiva 2010/31 sobre eficiencia energética de los edificios, traspuesta a la legislación española mediante el Real Decreto 235/2013.

Esta revisión de la vivienda debe ser realizada por un técnico competente y fiable, que es el único responsable de la veracidad de la certificación. Viendo este paso como una posible oportunidad de negocio inmediato, en este país de pícaros enseguida han aparecido anuncios ofreciendo certificados energéticos de viviendas por 199 €, por 99 € e incluso por menos (donde evidentemente se expide un papel sin ni siquiera haber visitado la vivienda que se certifica). El establecimiento de un precio único para esta revisión podría eliminar dudas y dar más seguridad a los ciudadanos.

En esta situación de desconocimiento y picaresca es preciso que la ciudadanía sea consciente de los fines que se persigue y de las ventajas que le puede aportar la certificación energética de su vivienda, ya sea propia o alquilada. Es importante que se perciba que no es un mero trámite administrativo, sino que puede ser una información muy útil para el usuario y el propietario de la vivienda.

Teniendo en cuenta que los edificios representan el 40% del consumo de energía final en la Unión Europea, el propósito del certificado energético de la vivienda es proporcionar al propietario o al inquilino una información valiosa sobre el estado de la vivienda en cuanto a su eficiencia energética, con una indicación de las medidas de mejora que se proponen, pero sin la obligación de llevarlas a cabo. El objeto es que cuando se va a firmar un contrato de compra-venta o de alquiler de una vivienda el consumidor pueda disponer de esta información antes de tomar su decisión.

Así que tener la vivienda certificada no implica empezar a ahorra energía (y dinero). La obtención de ahorros energéticos solo se consigue o bien cambiando hábitos de consumo, lo que es una opción gratuita, o bien invirtiendo en las medidas de mejora que se sugieren en el certificado energético.

Tampoco la obtención del certificado energético implica una revalorización de la vivienda. Tan solo es una indicación de que la vivienda se ha certificado, pero la calificación depende del resultado del examen. Lo que sí es cierto es que, a igualdad de todo lo demás, una vivienda certificada con clase C tiene un valor de mercado superior a una vivienda con clase F.

La clase energética afecta solamente a una vivienda. En lo relativo al conjunto de edificios de viviendas, en función de su antigüedad, deberán contar con un Informe de Evaluación del Edificio, que es otro certificado colectivo aplicable a todas las viviendas y locales del edificio.

La realidad es que en los últimos años en España se ha construido mucho, pero se ha construido de forma muy poco eficiente en cuanto a energía, ya que el boom de la construcción fue anterior a la entrada en vigor del Código Técnico de la Edificación en 2007. Y además nuestro parque de viviendas está envejecido y en general mal conservado. Esto se puede constatar viendo los escaparates de las inmobiliarias, tanto para primeras como para segundas residencias, se cumple en ocasiones la obligación de mostrar la clase, pero abundan los suspensos (clases F y G).

La falta de interés del mercado inmobiliario español y la falta de conciencia ciudadana sobre este asunto, tal como se apuntaba en una entrada anterior, se puede sintetizar en el comentario guasón del propietario de un piso (primera vivienda) en el norte de España y de un apartamento (segunda vivienda) en el sur de Francia, que explicaba la diferente percepción del mercado inmobiliario: “en un sitio tengo un piso amplio, céntrico y soleado y en el otro un apartamento junto a la playa y de clase C”. Un hecho que nos podría ayudar a concienciarnos es que en Francia el IBI se paga en función de la eficiencia energética de cada vivienda...

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